LOGISTICS SUPPLIER GROUP S.A consciente de la importancia de garantizar el bienestar de los trabajadores, ha establecido una política de cero tolerancias relacionadas al uso o consumo de alcohol, drogas o sustancias alucinógenas, con el fin de promover y fomentar hábitos y estilos de vida saludables, libre de toxicidad que puedan afectar el estado mental y fisiológica de todos los trabajadores de la empresa, sin excepción. A través del Representante Legal, LOGISTICS SUPPLIER GROUP S.A, reafirma su compromiso con la seguridad integral dentro de las instalaciones de la compañía, promoviendo una cultura de no consumo de alcohol, tabaco y sustancias psicoactivas, ya que estas pueden afectar el estado mental y fisiológico de los trabajadores, causando un impacto negativo en su desempeño, por lo anterior se establecen los siguientes parámetros:
- Ninguna persona, independiente de su cargo o posición, podrá trabajar o permanecer en las áreas de trabajo bajo la influencia de bebidas alcohólicas o sustancias alucinógenas que alteren el estado de la conciencia, ánimo, percepción y/o la capacidad de reacción.
- Se prohíbe la posesión, consumo y/o comercialización de bebidas alcohólicas, tabaco y/o sustancias alucinógenas, en las instalaciones de la Empresa o en actividades laborales fuera de la compañía.
- Teniendo en cuenta que fumar altera el estado de ánimo y el nivel de concentración, y representa un riesgo para la salud del fumador y de las personas que están a su alrededor, además para el medio ambiente y para las instalaciones de la Empresa por ser una fuente generadora de incendios. Se prohíbe fumar:
- Al interior de las instalaciones fijas como: oficinas, bodegas, talleres, sala de conferencias.
- Al interior de las instalaciones de nuestros clientes, salvo autorización expresa de estos.
- En reuniones o asambleas de índole laboral convocadas por la Empresa o terceros interesados.
- Solo se podrá fumar en la hora destinada para el almuerzo y fuera de las instalaciones de la Empresa. Los trabajadores no están autorizados para ausentarse del lugar de trabajo para fumar durante la jornada laboral.
- Está igualmente prohibido el uso de cualquier sustancia que atente contra la seguridad propia o la de otros trabajadores en el normal desempeño laboral. Esta política tiene los siguientes objetivos:
- Destacar la responsabilidad de los colaboradores para ejercer un control mutuo con los compañeros de trabajo e informar a su jefe inmediato a la mayor brevedad sobre el consumo de Alcohol, Tabaco y Sustancias Psicoactivas durante las actividades laborales, en la medida en que puede ponerse en riesgo la seguridad propia y/o de terceros.
- Impedir que los trabajadores realicen sus funciones bajo los efectos de sustancias psicoactivas o en estado de embriaguez.
- Implementar campañas y actividades de prevención del consumo de tabaco, alcohol y sustancias psicoactivas, a través de programas de promoción de estilos de vida y hábitos saludables.
- Prohibir el uso indebido de medicamentos formulados, así como la posesión, distribución y venta de drogas no recetadas, de sustancias alucinógenas y enervantes y/o bebidas alcohólicas en el desarrollo del trabajo, dentro de las instalaciones u operación de vehículos de la empresa.
NOTA: El trabajador que por prescripción médica use medicamentos controlados (ansiolíticos, antidepresivos, anticonvulsivos, analgésicos fuertes entre otros), deberá inmediatamente informar al área de Calidad y Seguridad para la implementación de las medidas preventivas pertinentes.
CONTROL Y CUMPLIMIENTO
- La Empresa se reserva el derecho de realizar inspecciones y pruebas de laboratorio para detectar alcohol y/o drogas en cualquier momento y en cualquiera de sus sitios de trabajo.
- El incumplimiento de esta política, así como la oposición a las inspecciones o toma de muestras, constituye falta grave. En consecuencia, la Empresa puede adoptar medidas disciplinarias, incluyendo la terminación del contrato con justa causa.
- El cumplimiento de la presente política será exigido a contratistas y visitantes. Por lo tanto, la empresa dará a conocer su contenido, haciendo lo obligatorio al personal que destinen en la ejecución de los contratos que celebren con la Empresa.
En cumplimiento de la Sentencia C-636 de 2016, esta política es de obligatorio conocimiento y cumplimiento para trabajadores, proveedores, visitantes y demás colaboradores, con el fin de asegurar un entorno laboral óptimo para el desarrollo de sus funciones.
Razón Social: LOGISTICS SUPPLIER GROUP S.A.
Nit: 830.136.560-9
Representante Legal: WILLIAM RICARDO MARTINEZ CAMELO